Caso documentado

Denuncia pública: Asesinato de campesinos en bombardeo y operativo militar en Corinto, Cauca

Fecha del hecho 2008-05-30
Ubicación Cauca/CORINTO
Categoría Denuncias públicas
Modo de ocurrencia Bombardeo

Relato del caso

URGENTE   A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL    LA RED DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO “Francisco Isaías Cifuentes”   DENUNCIA PÚBLICA   Al sur occidente de Colombia, sobre la cordillera central, en el Departamento del Cauca, Municipio de Corinto, Corregimiento El Jagual, veredas El Descanso y La Cominera.  En desarrollo de la autodenominada “ESTRATEGIA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA Y EL DESARROLLO SOCIAL” y los componentes de la POLÍTICA DE CONSOLIDACIÓN DE LA SEGURIDAD DEMOCRÁTICA. El estado colombiano, continúa desplegando una guerra de terror militar en contra de humildes ciudadanos campesinos indígenas y mestizos.   DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:   En desarrollo de la Política de Seguridad Democrática, militares colombianos pertenecientes a los Batallones de Ingenieros No. 3 “Agustín Codazzi” y de Infantería No. 8 “Batalla de Pichincha”, pertenecientes a la III Brigada y adscritos a la III División del Ejercito del Estado Colombiano al mando del Mayor General JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ, integrantes de la Fuerza Aérea del Estado Colombiano e integrantes del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), continúan aterrorizando a los pobladores a través del desarrollo de operativos militares combinados e indiscriminados, el uso desmedido de arsenal militar en zonas pobladas, el asesinato de humildes comuneros y la destrucción de bienes muebles e inmuebles de civiles, en medio de presuntos operativos militares en contra del sexto frente de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejercito del Pueblo (FARC-EP).   Las veredas y corregimientos del municipio de Corinto al norte del Departamento del Cauca, están en riesgo humanitario al hacer parte de la zona en donde el Estado Colombiano ha iniciado el desarrollo de la fase II del plan de desarraigo hambre y muerte autodenominado “Plan Colombia” ahora bajo la cobertura de la autodenominada “Estrategia para el Fortalecimiento de la Democracia y el Desarrollo Social”.   Como política de Estado, en esta zona se agudiza a diario la etapa militar del desarrollo de la DOCTRINA DE LA ACCIÓN INTEGRAL (componente de Consolidación de la Seguridad Democrática), en donde a través de la intimidación y aniquilación de campesinos y sus organizaciones, el Estado busca expropiar a campesinos mestizos e indígenas de sus medios de producción comunitarios, desarraigarlos de sus territorios ancestrales y su cultura, para posteriormente insertarlos en el modo de producción capitalista a través de planes y proyectos denominados de desarrollo sostenible.   Responsabilizamos al Estado Colombiano en cabeza del señor Álvaro Uribe Vélez, al Gobernador del Departamento del Cauca y a las fuerzas militares y de policía del Estado Colombiano por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos Y AL Derecho Internacional Humanitario en contra de los ciudadanos asentados en las zonas de operaciones del Ejército del Estado Colombiano en el municipio de Corinto.   HECHOS.   Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Municipio de Corinto, Corregimiento de El Jagual, veredas El Descanso y La Cominera.   Martes 27 de Mayo de 2008   En horas de la madrugada, se incrementa en la zona el pie de fuerza de militares del Estado Colombiano perteneciente al Batallón de Ingenieros No.3 “Agustín Codazzi” (sede en el Municipio de Palmira, Departamento del valle del Cauca) y del Batallón de Infantería No. 8 “Batalla de Pichincha” (sede Municipio de Santiago de Cali, Departamento del Valle del Cauca), al mando del coronel GUARIN, pertenecientes a la III Brigada y adscritos a la III División del Ejército de Colombia   Entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche, se presentaron enfrentamientos armados entre Militares del Estado Colombiano e insurgentes del sexto frente de las FARC-EP.   Jueves 29 de Mayo de 2008   Cerca de las 10:30 de la mañana Inicia un operativo indiscriminado en la zona, por parte de efectivos de la Fuerza Aérea del Estado Colombiano, a través de bombardeos y ametrallamiento, realizado por cuatro helicópteros,  en una zona poblada por humildes campesinos mestizos e indígenas.   Posteriormente, en la vereda el Descanso del Corregimiento el Jagual, se realiza un desembarco de militares del Estado Colombiano pertenecientes al Batallón de Ingenieros No.3 “Agustín Codazzi” (sede en el Municipio de Palmira, Departamento del valle del Cauca) y del Batallón de Infantería No. 8 “Batalla de Pichincha” (sede Municipio de Santiago de Cali, Departamento del Valle del Cauca), al mando del coronel GUARIN e integrantes del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Lo cuales se desplazaron hasta la vereda la cominera realizando ráfagas y disparos de fusil de manera indiscriminada.    Ante la intensidad del bombardeo y ametrallamiento por aire y por tierra, los habitantes de la vereda atemorizados se resguardaron y concentraron en casas de habitación.   En un humilde hogar campesino, se resguardaron aterrorizados los ciudadanos colombianos Hermanos SILVIO CHAGUENDO IPIA, de 25 años de edad y LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA, de 24 años de edad, MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES (Esposa de SILVIO CHAGUENDO) y CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA, menor de dos años de edad (Hija de la pareja CHAGUENDO y MOLINA).  Posteriormente ante el cese de los bombardeos y ametrallamientos se dispusieron a almorzar, en la cocina del humilde hogar y cerraron la puerta de ingreso.   Ante la reiniciación del ametrallamiento y los sonidos y disparos de militares del Estado Colombiano cerca del lugar en donde se encontraban, los comuneros, debieron interrumpir su alimentación y tenderse en el piso.    Cerca de las 2:00 de la tarde, un grupo de militares del Estado Colombiano en compañía de agentes del DAS hace presencia en la casa de habitación de la familia CHAGUENDO MOLINA.   Posteriormente un grupo de militares del Estado Colombiano en compañía de agentes del DAS, realizan disparos indiscriminados en dirección al humilde hogar campesino en donde se encontraban los ciudadanos colombianos SILVIO CHAGUENDO IPIA, LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA, MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES y CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA menor de dos años de edad (Hija de la pareja CHAGUENDO y MOLINA). Descargo sus armas de dotación en contra de la humanidad de los ciudadanos colombianos Hermanos SILVIO CHAGUENDO IPIA, (a quien le propinaron impactos de arma de fuego a la altura de la cabeza y el hombro) y LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA, (a quien le propinaron impacto de arma de fuego a la altura de la cabeza).   Posteriormente el grupo de militares y agentes del DAS del Estado Colombiano, abrieron la puerta de la cocina del humilde hogar y dijeron “hay jueputa la cagamos” y luego  le apuntaron a la señora sobreviviente y le dijeron a la humilde campesina MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES quien tenía en brazos a su hija CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA “que se arrinconara, no saliera y no dijera nada”. Finalmente cerraron la puerta,  sin prestar ningún tipo de primeros auxilios a las víctimas que agonizaban.   Posteriormente, un grupo de campesinos indígenas y mestizos indignados ante este crimen de Estado y el terror a que están siendo sometidos por parte del Estado Colombiano, se dispuso a evitar que el grupo de militares y agentes del DAS se llevaran los cuerpos y que este hecho quedara impune.    ANTE EL TEMOR EXPRESAMENTE FUNDADO DE LAS COMUNIDADES FRENTE A LAS EXTRALIMITACIONES EN EL EJERCICIO DE LA FUERZA POR PARTE DE MILITARES DEL ESTADO COLOMBIANO EN EL SECTOR DE COMUNIDADES CAMPESINAS E INDÍGENAS.   DENUNCIAMOS PÚBLICAMENTE EL TERRORISMO Y LOS CRÍMENES DE ESTADO EN CONTRA DEL PUEBLO COLOMBIANO Y   RESPONSABILIZAMOS   AL ESTADO COLOMBIANO, AL MAYOR GENERAL JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ (III DIVISIÓN DEL EJÉRCITO DE COLOMBIA), A LOS COMANDANTES DEL BATALLÓN DE INGENIEROS NO.3 “AGUSTÍN CODAZZI”, (SEDE EN EL MUNICIPIO DE PALMIRA, DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA) Y DEL BATALLÓN DE INFANTERÍA NO. 8 “BATALLA DE PICHINCHA” (SEDE MUNICIPIO DE SANTIAGO DE CALI, DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA), POR LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS POR INTEGRANTES DEL LAS FUERZAS REGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO EN EL MUNICIPIO DE CORINTO; POR LA VIDA, INTEGRIDAD FÍSICA Y LOS BIENES DE LOS CAMPESINOS ASENTADOS EN LA ZONA DE OPERACIONES DE LAS UNIDADES MILITARES QUE DIRIGEN. Y EN ESPECIAL POR EL CRIMEN DE ESTADO COMETIDO EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS COLOMBIANOS SILVIO CHAGUENDO IPIA Y LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA Y POR LA VIDA, INTEGRIDAD FÍSICA Y PSICOLÓGICA DE LAS CIUDADANAS COLOMBIANAS MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES Y CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA.    EXIGIMOS   A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
  • El cumplimiento de su mandato como veedores de que el estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y de los Derechos Internacionales de los Derechos Humanos.
  AL ESTADO COLOMBIANO
  • El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de  los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
  • Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades del Municipio de Corinto en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación y el derecho a la libre movilidad de los Ciudadanos del Municipio de Corinto en el Departamento del Cauca y en particular por el de las ciudadanas colombianas MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES Y CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA, que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por el asesinato de los ciudadanos colombianos SILVIO CHAGUENDO IPIA Y LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA.
  A LA GOBERNACIÓN DEL CAUCA
  • Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades del Municipio de Corinto en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación y el derecho a la libre movilidad de los Ciudadanos del Municipio de Corinto en el Departamento del Cauca y en particular por el de las ciudadanas colombianas MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES Y CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA, que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Garantizar el desarrollo de las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por el asesinato de los ciudadanos colombianos SILVIO CHAGUENDO IPIA Y LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA.
  A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
  • Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación y el derecho a la libre movilidad de los Ciudadanos del Municipio de Corinto en el Departamento del Cauca y en particular por el de las ciudadanas colombianas MARLEN ANDREA MOLINA CORRALES Y CHARIN ESTEFANY CHAGUENDO MOLINA, que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Garantizar el desarrollo de las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por el asesinato de los ciudadanos colombianos SILVIO CHAGUENDO IPIA Y LUZ AMPARO CHAGUENDO IPIA.
  SOLICITAMOS   A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
  • En  el marco del  cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas. 
  INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTA AFRONTANDO EL DEPARTAMENTO DEL CAUCA   RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO  “FRANCISCO ISAIAS CIFUENTES”  30 DE MAYO DE 2008   INSTITUCIONES  A DONDE SE DEBEN DIRIGIR  ALVARO URIBE VELEZ Presidente de la República Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá Fax. 5662071 auribe@presidencia.gov.co   FRANCISCO SANTOS Vicepresidente de la República Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C. fsantos@presidencia.gov.co   JUAN MANUEL SANTOS Ministro de la Defensa Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C. siden@mindefensa.gov.co infprotocol@mindefensa.gov.co mdn@cable.net.co   CARLOS HOLGUIN SARDI Ministro del Interior y de Justicia Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C. Fax.  2221874 ministro@minjusticia.gov.co   MARIO IGUARAN Fiscal General de la Nación Diagonal 22B No. 52-01 Bogotá D.C. Fax. 570 20 00 contacto@fiscalia.gov.co denuncie@fiscalia.gov.co   WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ Defensor del Pueblo Calle 55 No. 10 – 32  Bogotá D.C. Fax. 640 04 91 defensoria@defensoria.org.co secretaria_privada@hotmail.com   EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÒN Procurador General de la Nación Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C. anticorrupción@presidencia.gov.co reygon@procuraduría.gov.co   CARLOS FRANCO Programa Presidencial De Derechos Humanos Y De Derecho Internacional Humanitario. Clle 7 N° 5 – 54 Bogotá D.C. Fax.  337 46 67 cefranco@presidencia.gov.co fibarra@presidencia.gov.co   NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LOS OFICIOS, GESTIONES E INFORME DE LAS ACCIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACIÓN. redfcifuentes@gmail.com, redfcifuentes@yahoo.es     

Víctimas reconocidas

  • Charin Estefany
  • Luz Amparo
  • Marlen Andrea
  • Silvio

Documento del caso

Consulta el documento que respalda la documentación y las evidencias recopiladas.

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Tipo de Violación DIDH

Ejecución Extrajudicial - homicidio

Tipo de Infracción DIH

Destrucción y apropiación de bienes protegidos

Presunto(s) responsable(s)

  • Ejercito

Organización(es) reportante(s)

  • RED DDHH FIC

Datos adicionales

Unidad o grupo responsable
III Brigada - III División del Ejército Nacional
Muertes en combate
2
Heridos en combate
0
Privaciones de la libertad
0
Privaciones en medio de combate
0