Caso documentado
Explosivos abandonados por militares del Estado dejan gravemente herida a anciana campesina en Caloto, Cauca
Fecha del hecho
2008-09-08
Ubicación
Cauca/CALOTO
Categoría
Denuncias públicas
Modo de ocurrencia
—
Relato del caso
URGENTE
A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL
LA RED DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco Isaías Cifuentes”
DENUNCIA PÚBLICA
Explosivos abandonados presumiblemente por Militares del Estado Colombiano, en zona poblada, dejan gravemente herida a anciana campesina, a quien la onda explosiva le amputo las dos manos y le desfiguro el rostro.
DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:
Al sur occidente de Colombia, sobre la cordillera central, Departamento del Cauca, municipio de Caloto, vereda la selva, resguardo indígena huellas; En una zona en donde hace presencia permanente fuerzas regulares del Estado Colombiano integrantes del Batallón de Infantería No. 8 “Batalla de Pichincha”, perteneciente a la III Brigada y adscritos a la III división del Ejército de Colombia y las Fuerzas Especiales del Comando de Policía Cauca, entre los que se destacan los integrantes del Escuadrón móvil Anti Disturbios (ESMAD).
A escasos metros de los campamentos y destacamentos militares y policiales, una humilde campesina de 78 años de edad, en el predio de su propiedad, encuentra un artefacto y lo traslada a su casa de habitación, minutos mas tarde el artefacto explota, la dejan incosniente, le amputa las dos manos y le desfigura el rostro.
Esta clase de acciones que en el norte del Cauca tienen amedrentada a las comunidades campesinas, son ejecutadas como política de Estado, en el marco de la política de consolidación de la seguridad democrática y a diario ocurren en Colombia especialmente contra humildes comunidades campesinas mestizas e indígenas.
Por lo tanto, responsabilizamos al Estado Colombiano en cabeza del señor ÁLVARO URIBE VÉLEZ, al la Gobernación del Departamento del Cauca en Cabeza de GUILLERMO ALBERTO GONZÁLEZ y a las fuerzas regulares (militares y de policía) del Estado Colombiano por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) en contra de los ciudadanos asentados en el Municipio de Caloto.
HECHOS.
Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Municipio de Caloto, Resguardo indígena Huellas, vereda la selva
Lunes 8 de septiembre de 2008
En horas de la tarde, la humilde ciudadana campesina AQUILINA RIVERA MUSICUE, se dirige a recolectar tubérculos para preparar los alimentos en el predio de su propiedad.
En su predio se encontró un artefacto, el cual en conversación con su vecina le dijo que “eran de esas que llevan los soldados y policías colgadas”
A los pocos minutos en que la adulta mayor RIVERA MUSICUE, llegara a su casa de habitación, en la zona se escucho una fuerte explosión.
Cerca de las 3:30 de la tarde, Campesinos de la zona acudieron al lugar de los hechos y encontraron a la humilde campesina tirada en el suelo inconsiente y con graves heridas en todo el cuerpo.
La señora RIVERA MUSICUE, es trasladada de urgencias al hospital Municipal de Caloto y posteriormente es remitida al Hospital Universitario de Valle “Evaristo García”.
Posteriormente hizo presencia en el lugar, un grupo de integrantes del Ejército y la Policía del Estado Colombiano, que hacen presencia constante en la zona. Y procedieron a recoger los residuos de la explosión.
En horas de la noche hace presencia en el lugar de los hechos integrantes del Cuerpo técnico de Investigaciones (CTI).
ANTE EL TEMOR SUFICIENTEMENTE FUNDADO, DE LAS COMUNIDADES POR LA ACCIÓN Y OMISIÓN DE LAS FUERZAS REGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO, EN EL MUNICIPIO DE CALOTO, DEPARTAMENTO DEL CAUCA.
SEÑALANDO QUE
AQUILINA RIVERA MUSICUE, es una humilde campesina colombiana, de setenta y ocho (78) años de edad. En la actualidad se encuentra recluida en el Hospital Universitario de Valle “Evaristo García”. Que supero su estado de coma, le fueron amputadas sus dos manos y tiene desfigurado el rostro.
RESPONSABILIZAMOS
AL ESTADO COLOMBIANO, Y EN PARTICULAR AL MAYOR GENERAL JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ (III DIVISIÓN DEL EJÉRCITO DE COLOMBIA), AL COMANDANTE DEL BATALLÓN DE INFANTERÍA NO. 8 “BATALLA DE PICHINCHA”, Y AL CORONEL LUIS JOAQUÍN CAMACHO COMANDANTE DEL COMANDO DE POLICÍA CAUCA, POR LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LA CIUDADANA AQUILINA RIVERA MUSICUE Y DE LOS INTEGRANTES DE SU NÚCLEO FAMILIAR.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a la vida, integridad física y psicológica y la seguridad personal de la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
- El cumplimiento de su mandato como veedores de que el estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y de los Derechos Internacionales de los Derechos Humanos.
- El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
- Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades asentadas en el Municipio de Caloto del Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
- Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica y la intimidad personal, de los ciudadanos del municipio de Caloto en el Departamento del Cauca y en especial la de la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE y su núcleo familiar.
- Impulsar y desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las lesiones físicas permanentes que sufrió la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE.
- Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades asentadas en el Municipio de Caloto del Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
- Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica y la intimidad personal, de los ciudadanos del municipio de Caloto en el Departamento del Cauca y en especial la de la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE y su núcleo familiar.
- Impulsar y desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las lesiones físicas permanentes que sufrió la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE.
- Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica y la intimidad personal, de los ciudadanos del municipio de Caloto en el Departamento del Cauca y en especial la de la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE y su núcleo familiar.
- Impulsar y desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las lesiones físicas permanentes que sufrió la ciudadana colombiana AQUILINA RIVERA MUSICUE.
- En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
Víctimas reconocidas
- Andrea
- Aristóbulo
- Estela
- Pedro Nel Cerón
- Segundo Dimer
- Telesforo
Documento del caso
Consulta el documento que respalda la documentación y las evidencias recopiladas.
Tipo de Violación DIDH
Atentado
Intimidacion
Violación al debido proceso y al acceso a la justicia
Presunto(s) responsable(s)
- Ejercito
- Policia
Organización(es) reportante(s)
- RED DDHH FIC
Datos adicionales
- Unidad o grupo responsable
- —
- Muertes en combate
- 0
- Heridos en combate
- 0
- Privaciones de la libertad
- 0
- Privaciones en medio de combate
- 0