Caso documentado

Denuncia Pública - Torturas y retenciones arbitrarias en Tulúa y Palmira, Valle del Cauca

Fecha del hecho 2008-07-22
Ubicación Valle del Cauca/TULUÁ
Categoría Denuncias públicas
Modo de ocurrencia —

Relato del caso

URGENTE   A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL    LA RED DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO “Francisco Isaías Cifuentes”   DENUNCIA PÚBLICA   AL SUR OCCIDENTE DE COLOMBIA, SOBRE LA CORDILLERA CENTRAL, EN EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA, MUNICIPIO DE TULÚA, VEREDA ALTO DEL ROSARIO Y EL MUNICIPIO DE PALMIRA, CORREGIMIENTO DE TOCHE, VEREDA TEATINO.    En desarrollo de la autodenominada “Estrategia para el Fortalecimiento de la Democracia y el Desarrollo Social” y los componentes de la Política de Consolidación de la Seguridad Democrática. El Estado Colombiano, continúa desplegando una guerra de terror militar en contra de humildes ciudadanos campesinos a través de las torturas, las retenciones arbitrarias, los señalamientos y los pillajes.   DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:   En desarrollo de la Política de Seguridad Democrática, militares del Estado Colombiano integrantes de la Brigada Móvil No. 20,  El Batallón De Ingenieros No. 3 “Coronel Agustín Codazzi” y El Batallón de Alta Montaña “Rodrigo Lloreda Caicedo”, agregada operacionalmente y pertenecientes a la III Brigada, adscritos a la III División del Ejercito del Estado Colombiano al mando del Mayor General JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ. Continúan aterrorizando a los pobladores y líderes naturales, mediante torturas, retenciones arbitrarias, señalamientos, agresiones físicas y psicológicas y la realización de actos de vandalismo y pillajes.   Como política de Estado, el Ejército del Estado Colombiano, a diario desarrolla operaciones de terror en contra humildes campesinos y organizaciones populares en Colombia, en pleno desarrollo de la política de seguridad democrática, pilar fundamental del régimen de Álvaro Uribe Vélez, en donde con el pretexto de perseguir a la insurgencia, el estado colombiano persigue, reprime, aterroriza y pretende aniquilar todo modo de pensar que a su juicio se le oponga.   Esta clase de  acciones que en la cordillera central, tienen amedrentada a las comunidades campesinas, son ejecutadas como política de Estado y a diario se desarrollan en Colombia, por lo tanto, responsabilizamos al estado colombiano en cabeza del señor ÁLVARO URIBE VÉLEZ, al Gobernador del Departamento del  Valle del Cauca, señor JUAN CARLOS ABADIA y a las Fuerzas Militares por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) en contra de los ciudadanos asentados en las zonas de operaciones del ejército de Colombia en los Municipios de Tulúa y Palmira.   HECHOS.   Al sur occidente de Colombia, sobre la cordillera central, en el Departamento del Valle del Cauca, municipio de Tulúa   Lunes 14 de julio de 2008   Vereda Alto del Rosario, en horas de la mañana, un grupo de Militares del Estado Colombiano pertenecientes a la  Brigada Móvil No. 20; hacen presencia en una parcela cafetera en donde se encontraban trabajando (recolectando Café) los humildes campesinos que responden a los nombres de VÍCTOR QUIÑONEZ y PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO.   Uno de los militares del estado Colombiano, en tono intimidatorio le exigió a los ciudadanos QUIÑONEZ y GONZALEZ RENGIFO, que abandonaran sus labores y se acercaran.   Posteriormente el grupo de Militares del estado Colombiano, retienen arbitrariamente a los ciudadanos VÍCTOR QUIÑONEZ y PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO. Luego, los señalan de ser milicianos y les dicen: que ellos (los Militares) tienen fotos de los campesinos y les exigen que confiesen y se entreguen.    Ante la negativa de los campesinos, los Militares del Estado Colombiano proceden a maltratarlos verbalmente; posteriormente, recogen machetes que se encontraban en un lugar de la parcela y golpean incesantemente con machetes (planazos) a los ciudadanos  QUIÑONEZ y GONZALEZ RENGIFO. Ocasionandoles serias lesiones en la espalda al señor QUIÑONES y causándole la pérdida de la primera falange del dedo pulgar de la mano derecha a GONZÁLEZ RENGIFO.    Finalmente el grupo de Militares del Estado Colombiano se retiran del lugar.   Al sur occidente de Colombia, sobre la cordillera central, en el Departamento del Valle del Cauca, Municipio de Palmira   Lunes 21 y martes 22 de julio de 2.008   Corregimiento de Toche, Vereda Teatino, Finca San Justo, cerca de las 3:00 de la tarde, hacen presencia militares del Estado Colombiano pertenecientes al Batallón de Ingenieros No.3 “Coronel Agustín Codazzi” (sede en la ciudad de Palmira), lugar en donde se encontraban realizando labores de pesca los ciudadanos colombianos HOOVER JIMENEZ (de 43 años de edad) y  ANTONIO MARIA ALVAREZ (de 42 años de edad) y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA (de 12 años de Edad).   Es de resaltar que HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA es hijo de HOOVER JIMENEZ y que ANTONIO MARIA ALVAREZ es mayordomo y hermano del propietario de la finca.   En tono intimidatorio, el grupo de Militares del Estado Colombiano luego de señalar de insurgentes a los señores JIMENEZ PEDRAZA y ALVAREZ retiene arbitrariamente a los dos ciudadanos colombianos y al menor de edad.    Posteriormente el grupo de militares del Estado Colombiano, conduce a la fuerza a HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA, a pie en horas de la noche y primeras horas de la madrugada, por senderos y carretera desde la finca San Justo (vereda de Teatino, municipio de Palmira), hasta la cabecera del Corregimiento de Santa Luisa Municipio de El Cerrito Valle del Cauca a la que llegaron a las 2:00 de la mañana del día martes 22 de julio de 2.008. Periodo en el cual además de las agresiones físicas el Grupo de Militares golpeo en repetidas ocasiones a los tres humildes campesinos retenidos arbitrariamente.   En el trayecto el grupo de Militares del estado Colombiano y los retenidos arbitrariamente, se encontraron con tropas del Batallón de Alta Montaña “Rodrigo Lloreda Caicedo”, quienes provocaron maltratos psicológicos, señalamientos y amenazas a los tres campesinos, diciéndoles: “guerrilleros hijueputas, les vamos a hacer lo mismo que hace la guerrilla con los secuestrados”.    En el lugar en que pararon a descansar ubicado en el corregimiento de Santa Luisa, los Militares del Estado colombiano cubrieron con sacos y costales los cuerpos de los tres campesinos retenidos arbitrariamente.   Cerca de las 6:00 de la mañana, el grupo de militares del Estado Colombiano, conduce a la fuerza a HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA, a pie desde la Vereda Santa Luisa hasta la Vereda Aují municipio de El Cerrito.   En la Vereda Aují, el grupo de militares del Estado Colombiano, obliga a HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA, a abordar un camión del Ejército del Estado Colombiano, el cual, los condujo hasta las instalaciones Militares del Batallón de Ingenieros No. 3 “Coronel Agustín Codazzi” ubicadas en la ciudad de Palmira.    En las instalaciones militares los dos adultos y el menor fueron interrogados por militares del estado Colombiano. Un Militar de rango Coronel señalo a los campesinos diciéndoles “Guerrilleros Hijueputas.”   Finalmente los humildes campesinos HOOVER JIMENEZ y HOOVER JIMENEZ PEDRAZA, fueron puestos en libertad cerca de las 3:00 de la tarde del día 22 de julio de 2.008.    Cerca de las 3:00 de la tarde, el humilde ciudadano campesino ANTONIO MARIA ALVAREZ fue conducido hasta la Fiscalía de la ciudad de Palmira, de la cual fue puesto en libertad, pocos minutos después, puesto que el fiscal delegado NO ENCONTRÓ RAZONES PARA LA RETENCIÓN.    GENERALIDADES   Desde que las unidades militares del Batallón de Alta Montaña “Rodrigo Lloreda Caicedo”, y del Batallón de Ingenieros No. 3“Coronel Agustín Codazzi”, hacen presencia en la zona rural de los municipios de Palmira y El Cerrito, los campesinos denuncian que el ejército los ha sometido a un empadronamiento instalado en el corregimiento de Aují -municipio de El Cerrito-, en el cual los Militares del Estado Colombiano, recopilan material fotográfico y toman apuntes en agendas de los: nombres, las cédulas, los lugares de procedencia y los lugares de llegada de los campesinos que transitan la zona;  profieren insultos; roban celulares, semovientes, truchas, aves de corral, alimentos, enseres y bienes, que son conseguidos con el esfuerzo del campesinado.    En repetidas ocasiones las unidades militares que se encuentran acantonadas en las fincas de los campesinos han disparado sus armas de dotación cerca a la humanidad de los agricultores que en realización de sus quehaceres cotidianos se acercan o atraviesan los lugares en los que se encuentran acantonadas las tropas del ejército, hasta el momento afortunadamente no se han presentado tragedias por causa del irresponsable modo de actuar de los efectivos militares.    ANTE EL TEMOR EXPRESAMENTE FUNDADO DE LAS COMUNIDADES FRENTE A LAS EXTRALIMITACIONES EN EL EJERCICIO DE LA FUERZA POR PARTE DE MILITARES COLOMBIANOS EN EL SECTOR DE COMUNIDADES CAMPESINAS Y LOS LAMENTABLES PRECEDENTES DE ACCIONES SIMILARES.   DENUNCIAMOS PÚBLICAMENTE EL TERRORISMO DE ESTADO EN CONTRA DEL PUEBLO COLOMBIANO Y   RESPONSABILIZAMOS   AL ESTADO COLOMBIANO, Y EN PARTICULAR AL MAYOR GENERAL JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ (III DIVISIÓN DEL EJÉRCITO DE COLOMBIA), POR ACCIÓN, OMISIÓN Y CÓMPLICIDAD DE SERIAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS POR INTEGRANTES DEL LAS FUERZAS REGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO EN LOS MUNICIPIOS DE TULÚA Y PALMIRA; POR LA VIDA, INTEGRIDAD FÍSICA Y LOS BIENES DE LOS CAMPESINOS ASENTADOS EN LA ZONA DE OPERACIONES DE LAS UNIDADES MILITARES QUE DIRIGE. Y EN ESPECIAL POR LOS CRIMENES DE ESTADO COMETIDO EN CONTRA DE LOS CIUDADANOS CAMPESINOS VÍCTOR QUIÑONEZ y PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ Y EL MENOR DE EDAD HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA Y POR LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS CIUDADANOS CAMPESINOS VÍCTOR QUIÑONEZ y PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ Y EL MENOR DE EDAD HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA   EXIGIMOS   A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
  • El cumplimiento de su mandato como veedores de que el estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y de los Derechos Internacionales de los Derechos Humanos.
  AL ESTADO COLOMBIANO
  • El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de  los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
  • Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades de los Municipios de Tulúa y Palmira en el Departamento del Valle del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, y el derecho a la libre movilidad de los Ciudadanos colombianos VÍCTOR QUIÑONEZ, PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Impulsar y desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las torturas, señalamientos y privación irregular de la libertad a que fueron sometidos los  ciudadanos colombianos VÍCTOR QUIÑONEZ, PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA
  A LA GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA
  • Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades de los Municipios de Tulúa y Palmira en el Departamento del Valle del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, y el derecho a la libre movilidad de los Ciudadanos colombianos VÍCTOR QUIÑONEZ, PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Impulsar y desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las torturas, señalamientos y privación irregular de la libertad a que fueron sometidos los  ciudadanos colombianos VÍCTOR QUIÑONEZ, PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA
  A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
  • Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica y el derecho a la libre movilidad de los Ciudadanos asentados en los Municipios de Tulúa y Palmira, que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano. y en especial de los Ciudadanos colombianos VÍCTOR QUIÑONEZ, PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA  que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
  • Impulsar y desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las torturas, señalamientos y privación irregular de la libertad a que fueron sometidos los  ciudadanos colombianos VÍCTOR QUIÑONEZ, PEDRO R. GONZALEZ RENGIFO, HOOVER JIMENEZ, ANTONIO MARIA ALVAREZ y el menor de edad HOOVER MAURICIO JIMENEZ PEDRAZA
  SOLICITAMOS   A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
  • En  el marco del  cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas. 
  INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTA AFRONTANDO EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA   RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO  “FRANCISCO ISAIAS CIFUENTES”  23 DE JULIO DE 2008   INSTITUCIONES  A DONDE SE DEBEN DIRIGIR  ALVARO URIBE VELEZ Presidente de la República Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá Fax. 5662071 auribe@presidencia.gov.co   FRANCISCO SANTOS Vicepresidente de la República Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C. fsantos@presidencia.gov.co   JUAN MANUEL SANTOS Ministro de la Defensa Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C. siden@mindefensa.gov.co infprotocol@mindefensa.gov.co mdn@cable.net.co   CARLOS HOLGUIN SARDI Ministro del Interior y de Justicia Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C. Fax.  2221874 ministro@minjusticia.gov.co   MARIO IGUARAN Fiscal General de la Nación Diagonal 22B No. 52-01 Bogotá D.C. Fax. 570 20 00 contacto@fiscalia.gov.co denuncie@fiscalia.gov.co   WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ Defensor del Pueblo Calle 55 No. 10 – 32  Bogotá D.C. Fax. 640 04 91 defensoria@defensoria.org.co secretaria_privada@hotmail.com   EDGARDO JOSE MAYA VILLAZÒN Procurador General de la Nación Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C. anticorrupción@presidencia.gov.co reygon@procuraduría.gov.co   CARLOS FRANCO Programa Presidencial De Derechos Humanos Y De Derecho Internacional Humanitario. Clle 7 N° 5 – 54 Bogotá D.C. Fax.  337 46 67 cefranco@presidencia.gov.co fibarra@presidencia.gov.co   NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LOS OFICIOS, GESTIONES E INFORME DE LAS ACCIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACIÓN. redfcifuentes@gmail.com, redfcifuentes@yahoo.es     

Víctimas reconocidas

  • Antonio María
  • Hoover Jiménez
  • Hoover Mauricio
  • Pedro R.
  • Víctor

Documento del caso

Consulta el documento que respalda la documentación y las evidencias recopiladas.

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Tipo de Violación DIDH

Amenaza individual Tortura Violación al debido proceso y al acceso a la justicia

Tipo de Infracción DIH

Detención ilegal y privación del debido proceso Tratos inhumanos y degradantes

Presunto(s) responsable(s)

  • Ejercito

Organización(es) reportante(s)

  • RED DDHH FIC

Datos adicionales

Unidad o grupo responsable
—
Muertes en combate
0
Heridos en combate
2
Privaciones de la libertad
5
Privaciones en medio de combate
0