Caso documentado
Acción Urgente por violaciones a los derechos humanos en Santander de Quilichao, Cauca
Fecha del hecho
2008-09-08
Ubicación
Cauca/SANTANDER DE QUILICHAO
Categoría
Acciones urgentes
Modo de ocurrencia
—
Relato del caso
URGENTE
A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL
LA RED DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco Isaías Cifuentes”
ACCION URGENTE
En riesgo inminente la vida, la integridad física y psicológica y el debido proceso de siete humildes indígenas pertenecientes a la organización del Pueblo Nasa: “Nietos de Manuel Quintín Lame”, perteneciente a la Coordinación Departamental Cauca del Proceso de Unidad Popular del Sur Occidente Colombiano, ante hostigamientos, amenaza de muerte, retención arbitraria y acción judicial parcializada.
DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:
Al suroccidente de Colombia, Departamento del Cauca, municipio de Santander de Quilichao, fuerzas regulares del Estado Colombiano integrantes del Batallón de Infantería No. 8 “Batalla de Pichincha”, perteneciente a la III Brigada y adscritos a la III División del Ejército de Colombia, integrantes del Comando de Policía y sus fuerzas especiales, organismos de seguridad y algunos Jueces y Fiscales del Estado Colombiano y fuerzas irregulares Narco Paramilitares. Desarrollan una estrategia sistemática de terror y represión militar y jurídica, a través del señalamiento, la amenaza, la estigmatización, las agresiones físicas y psicológicas y el desarrollo de acciones judiciales amañadas; dirigidas a la aniquilación de la resistencia y el desarraigo del pueblo y sus organizaciones.
Estas agresiones son agenciadas por el Estado Colombiano, en cabeza del presidente Álvaro Uribe Vélez, quien además de señalar, amenazar, reprimir militarmente y ofrecer recompensas por los lideres naturales que participan en el proceso recuperación de tierras como lo llaman los campesinos o de “liberación de la Madre tierra” como lo llaman los indígenas en el Departamento del Cauca. En la actualidad dirige su accionar represivo -judicial en contra de Humildes Campesinos Indígenas pertenecientes a la Organización Indígena Páez “Nietos de Manuel Quintín Lame”. En la lógica gubernamental de continuar agudizando las desigualdades sociales, la impunidad para los amigos del gobierno, el tratamiento militar a comunidades movilizadas, el incumplimiento de acuerdos y la judicialización de la protesta popular.
Las organizaciones populares indígenas y sus lideres naturales, en el Departamento del Cauca, están en riesgo humanitario, al habitar y hacer presencia en una zona en donde el Estado Colombiano en cabeza del Presidente de la República desarrolla una campaña integral de represión, señalamiento, estigmatización y aniquilamiento sobre las expresiones populares que han mantenido una posición política crítica al régimen vigente y a las políticas, planes y proyectos de hambre y fortalecimiento del sistema del capital.
Esta clase de acciones, en el sur occidente de Colombia, son ejecutadas como política de Estado y a diario se desarrollan bajo la cobertura de lo que el régimen llama “seguridad democrática” mediante la cual con acciones de Terrorismo de Estado se persigue un modo de pensar y se expropia al pueblo de su tierra, sus bienes esenciales, de su organización, de su cultura y de sus lideres naturales.
Por lo tanto, responsabilizamos al Estado Colombiano en cabeza del señor ÁLVARO URIBE VÉLEZ, al la Gobernación del Departamento del Cauca en Cabeza de GUILLERMO ALBERTO GONZÁLEZ y a las fuerzas regulares (militares y de policía) e irregulares (Narco Paramilitares) organismos del seguridad y algunos jueces y Fiscales del Estado Colombiano por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) en contra de las organizaciones populares indígenas y sus lideres naturales en el Departamento del Cauca.
HECHOS.
Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca
Miércoles 23 de Julio de 2008
Municipio de Santander de Quilichao, casco urbano, cerca de las 11:00 de la mañana, un grupo especial del Comando de Policía Cauca, retiene al humilde campesino Indígena RICARDO ULCUE, posteriormente al ciudadano colombiano le informan que su retención obedece a su participación en la ocupación de la Finca Cimarrón ubicada en la vereda Agua Blanca, corregimiento Mondomo del Municipio de Santander de Quilichao y a la consecuente imputación de cargos por invasión de tierras y daño en bien ajeno.
Posteriormente el grupo de Policías del Estado Colombiano, traslada al señor ULCUE, a los calabozos de la estación de Policía de Santander de Quilichao.
Lunes 11 de agosto de 2008
En horas de la tarde, a través de correo electrónico enviado a las organizaciones indígenas: Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) y Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca (ACIN); mediante un panfleto titulado “Por Culpa de Criminales paHECES CAMPESINOS EMBEJUCAOS”, suscrito por los autodenominados CAMPESINOS EMBEJUCAOS DE COLOMBIA CEC NO paHECES, en el punto No. 1 se expresa “Ahora si vamos a hacer noticia, y también diremos que siendo aproximadamente las 00:00 de esta Noche, recibirán información sobre la muerte de paHECES y cabecillas ex guerrilleros del CRIC por campesinos, lo que les será confirmado Telefónicamente a causa de su irrespeto”
Jueves 4 de septiembre de 2008
Municipio de Santander de Quilichao, corregimiento de Mondomo, vereda Agua Blanca, Finca Cimarrón, cerca de las 5:40 de la mañana, hace presencia un grupo de fuerzas especiales del Comando de policía Cauca e integrantes del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI) del Estado Colombiano.
En el lugar, se encontraban dormidos, en compañía de sus esposas e hijos, varios indígenas Nasa Páez.
El grupo de Policías y agentes Estatales, en desarrollo de ordenes del Fiscal Primero Delegado ante los Jueces Penales Municipales de Santander, quien había expedido orden de registro y allanamiento para capturar a los presuntos responsables de la invasión del predio rural, y ordenes de captura para tres ciudadanos, despliegan un operativo represivo que termina con la retención arbitraria de los humildes indígenas WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA.
No obstante que al momento de la retención arbitraria de los señores OLMES WILSON VALENCIA PILCUE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, OMAR COLLAZOS DIAZ, y EVANGELISTA COLLAZOS DIAZ, en su contra no existía ningún proceso y no había orden de captura, el Juez de Control de Garantías Constitucionales, declara legal la captura, argumentando, que “por el hecho de estar estas personas durmiendo en la casa del predio estaban incurriendo en los delitos de daño en bien ajeno e invasión de tierras”.
A los tres retenidos y que tenían orden de captura, el fiscal solicita se les impute los delitos de INVASION DE TIERRAS, daño en bien ajeno y hurto calificado y agravado y a los 4 restantes solicita se les impute los delitos de invasión de tierras y daño en bien ajeno. El Juez de control de Garantías constitucionales declara dichas imputaciones.
Finalmente el Juez concede la libertad a las cuatro personas que fueron retenidas, y que no había en su contra orden de captura y a los tres restantes les impuso medida de aseguramiento sin beneficio de la libertad y hoy se encuentran en la Cárcel del Circuito de Santander de Quilichao.
Los humildes campesinos indígenas RICARDO ULCUE, quien había sido retenido días antes, por los mismos hechos, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, padre de familia de un menor de edad, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, padre de familia de seis menores de edad y LUIS CARLOS GUETIO MUSE, quien se encontraba el día del allanamiento en compañía de su esposa y seis hijos, todos menores de edad. Permanecen a la fecha retenidos en la Cárcel del Circuito de Santander de Quilichao.
ANTE EL TEMOR SUFICIENTEMENTE FUNDADO, LAS ORGANIZACIONES POPULARES Y SUS LIDERES NATURALES, EN EL DEPARTAMENTO DEL CAUCA, POR LA ARREMETIDA INTEGRAL DE LAS FUERZAS REGULARES, E IRREGULARES - NARCO PARAMILITARES - ORGANISMOS DE SEGURIDAD Y ALGUNOS FUNCIONARIOS JUDICIALES DEL ESTADO COLOMBIANO, LAS COMUNIDADES, SUS ORGANIZACIONES, SUS LIDERES Y LAS FAMILIAS DE RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DÍAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DÍAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSÉ DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE Y OLMES WILSON VALENCIA,
SEÑALANDO QUE
RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DÍAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DÍAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSÉ DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE Y OLMES WILSON VALENCIA, son campesinos indígenas colombianos pertenecientes a los resguardos indígenas de Munchique y San Lorenzo, hacen parte de la organización indígena Naza-Páez “Nietos de Manuel Quintín Lame”, organización que hace parte de la Coordinación Departamental Cauca del Proceso de Unidad Popular del sur occidente Colombiano.
RESPONSABILIZAMOS
AL ESTADO COLOMBIANO, Y EN PARTICULAR AL MAYOR GENERAL JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ (III DIVISIÓN DEL EJÉRCITO DE COLOMBIA), AL COMANDANTE DEL BATALLÓN DE INFANTERÍA NO. 8 “BATALLA DE PICHINCHA”, Y AL CORONEL LUIS JOAQUÍN CAMACHO COMANDANTE DEL COMANDO DE POLICÍA CAUCA, POR LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LOS CIUDADANOS COLOMBIANOS RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DÍAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DÍAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSÉ DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE Y OLMES WILSON VALENCIA Y DE LOS INTEGRANTES DE SUS NÚCLEOS FAMILIARES, ASENTADOS EN LAS ZONAS DE OPERACIONES DE LAS UNIDADES MILITARES Y POLICIALES QUE DIRIGEN.
Y A LOS JUECES Y FISCALES POR POSIBLES FALENCIAS EN EL DEBIDO PROCESO Y EN LA IMPARCIALIDAD DE LA RAMA JUDICIAL EN EL CASO DE LOS CIUDADANOS COLOMBIANOS RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DÍAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DÍAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSÉ DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE Y OLMES WILSON VALENCIA
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal frente a la vida y la seguridad personal del núcleo familiar y en particular por la vida, la seguridad personal y el derecho a la organización y al debido proceso de los ciudadanos colombianos RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DÍAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DÍAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSÉ DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE Y OLMES WILSON VALENCIA
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
- El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado Colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y de los Derechos Internacionales de los Derechos Humanos.
- El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
- Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las organizaciones populares y sus líderes naturales, en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares y el aparato judicial del Estado Colombiano.
- Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad, a la organización y el debido proceso de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Cauca y en especial de los ciudadanos colombiano RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA y sus núcleos familiar.
- Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, la libre movilidad, la libre organización y al debido proceso del los ciudadanos colombianos RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA y sus núcleos familiar.
- Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las organizaciones populares y sus líderes naturales, en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares y el aparato judicial del Estado Colombiano.
- Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad, a la organización y el debido proceso de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Cauca y en especial de los ciudadanos colombiano RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA y sus núcleos familiar.
- Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, la libre movilidad, la libre organización y al debido proceso del los ciudadanos colombianos RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA y sus núcleos familiar.
- Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad, a la organización y el debido proceso de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Cauca y en especial de los ciudadanos colombiano RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA y sus núcleos familiar.
- Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, la libre movilidad, la libre organización y al debido proceso del los ciudadanos colombianos RICARDO ULCUE, WILFREDO COLLAZOS DIAZ, HERNANDO PERDOMO GUAZAQUILLO, OMAR COLLAZOS DIAZ, LUIS CARLOS GUETIO MUSE, JOSE DOMINGO ULCUE TROCHEZ, EVANGELISTA PUNI ULCUE y OLMES WILSON VALENCIA y sus núcleos familiar.
- En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
Víctimas reconocidas
- Evangelista
- Hernando
- Luis Calor
- Olmes Wilson
- Omar
- Ricardo
- Wilfrido
Documento del caso
Consulta el documento que respalda la documentación y las evidencias recopiladas.
Tipo de Violación DIDH
Amenaza colectiva
Detención arbitraria
Pena o trato cruel inhumano y degradante
Violación al debido proceso y al acceso a la justicia
Tipo de Infracción DIH
Detención ilegal y privación del debido proceso
Presunto(s) responsable(s)
- Ejercito
- Paramilitares
- Policia
Organización(es) reportante(s)
- RED DDHH FIC
Datos adicionales
- Unidad o grupo responsable
- —
- Muertes en combate
- 0
- Heridos en combate
- 0
- Privaciones de la libertad
- 0
- Privaciones en medio de combate
- 0