Crónicas del observatorio

Análisis del escenario político actual para el desarrollo de la agenda de derechos humanos y la construcción de la paz.

Cristian Raul Delgado Bolaños Delegado Cumbre Agraria Campesina Étnica y Popular – Coordinación Social y Política Marcha Patriótica Elementos generales del deber de respeto y garantía a los DDHH por parte del Estado colombiano.    Frente a la Garantía de los Derechos Humanos es un deber de los Estados… Read More
Publicado 20 20+00:00 octubre 20+00:00 2025
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Cristian Raul Delgado Bolaños

Delegado Cumbre Agraria Campesina Étnica y Popular – Coordinación Social y Política Marcha Patriótica

  • Elementos generales del deber de respeto y garantía a los DDHH por parte del Estado colombiano. 

 

Frente a la Garantía de los Derechos Humanos es un deber de los Estados organizar todo el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos.

 

En términos específicos el Estado Colombiano debe:

  • Asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos
  • Desarrollar acciones de prevención de vulneración a DDHH.
  • Desarrollar acciones de protecciónfrente a vulneraciones a DDHH.
  • Desarrollar acciones de investigación y sanción frente a vulneraciones a DDHH.
  • Reparar a la victimas
  • Adelantar acciones de No repetición
  • Cooperar con los órganos internacionales para que éstos puedan desarrollar sus actividades de control

  • Elementos normativos.Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (Punto 2 y 3) – Espacios de garantías. 

 

  • Decreto 1066 de 2015, compila y reglamenta las diferentes instancias y medidas de prevención y protección creadas por el Gobierno nacional para garantizar la vida e integridad de defensores de Derechos Humanos y líderes sociales, organizando el Programa de Prevención y Protección a personas, grupos y comunidades que con situación de riesgo extraordinario o extremo a través de acciones de prevención y protección desarrolladas por la UNP, la Policía Nacional y el Ministerio del Interior.
  • Decreto 299 de 2017, “Programa de protección especializada de seguridad y protección FARC, ex combatientes y familiares”.
  • Decreto 2078 de 2017, “Ruta de protección colectiva de los derechos a la vida, la integridad, la libertad y la seguridad personal de grupos y comunidades”.
  • Decreto 1581 de 2017, Política Pública de Prevención de Violaciones a los Derechos a la Vida, Integridad, Libertad y Seguridad de Personas, Grupos y Comunidades.
  • Decreto 2252 de 2017, “Prevención y protección de defensores de derechos humanos, líderes y lideresas de organizaciones y movimientos sociales y comunales, y defensores y defensoras de derechos humanos por parte de gobernadores y alcaldes”.
  • Decreto 660 de 2018, Crea y reglamenta el Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios; y se dictan otras disposiciones

Lo cual va relacionado directamente con Ley 1448 de 2011, A nivel territorial, se crearon espacios de encuentro para articular medidas de prevención y protección de defensores, que incluyen los Subcomités de Prevención Protección y Garantías de No Repetición.

  • Decretos 300 de 2017 (“Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Nacional de Protección –UNP”), 301 de 2017 (Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Nacional de Protección UNP) y 302 de 2017 (Por el cual se modifica el Decreto 2489 de 2006) y la Ley 1865 del 30 de agosto de 2017 (Por medio de la cual se exceptúa a la Unidad Nacional de Protección de lo dispuesto en el artículo 92 de la ley 617 de 2000).
  • Decreto 1216 de 2016, Modifico artículos del Decreto 1081 de 2015, sobre el Sistema Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario:
  • Decreto Ley 154 de 2017, creó y estableció la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad.
  • Decreto Ley 895 de 2017, creo el Sistema Integral para el ejercicio de la Política y la Instancia de Alto Nivel entre otros.
  • Decreto 2124 de 2017, fortaleció el Sistema de Alertas tempranas, al crear el Sistema de Prevención y Alerta para la Reacción a los hechos y conductas criminales que pongan en riesgo los derechos de la población.
  • Circular Externa CIR17-1-DMI-1000_2017 del Ministerio del Interiorpara Gobernadores, Alcaldes y Comandantes de Departamentos de Policía con asunto “Reconocimiento, respeto y garantías a la labor de los integrantes del Movimiento Social y Político Marcha Patriótica”.
  • Directiva Administrativa permanente de la Policía Nacional, número 002 DIPON- INSGE 23.1 del 07 de marzo del 2017 “Actuación institucional para la prevención de hecho o amenazas y garantizar la protección de líderes sociales defensores de los derechos humanos”.
  • Directiva permanente del Ministerio de Defensa 2017110002037 /MDN-CGFM-JEMC- SEMCFJI-JEAJUT-23.1 del 28 de junio del 2017. Directrices para la implementación de un plan a nivel institucional que desarrolla estrategias de prevención y mitigación de riesgo en aras de garantizar la protección de los derechos humanos de comunidades, líderes sociales, dirigentes, representantes y activistas de organizaciones sociales, populares, étnicas, de mujeres y de género, así como de defensores y defensoras de derechos humanos.
  • Directiva 0002 de 2017, de la Fiscalía General de la Nación que establece directrices para la investigación de delitos cometidos contra defensores de derechos humanos
  • Directiva 02 del 14 de junio de 2017 de la Procuraduría General de la Nación, Lineamientos para la protección de los derechos de defensoras y defensores de derechos humanos y sus organizaciones integrantes de movimientos sociales, movimientos políticos, líderes y lideresas políticos y sociales y sus organizaciones y a los que en esta condición participen activamente en la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
  • Resolución No. 393 del 9 de julio de 2018. Por medio de la cual se crea el Comité Interno de Coordinación y Seguimiento de la Directiva No. 002 de 2017 y la mesa por la protección de la vida.
  • Resolución No. 456 del 14 de septiembre de 2017, por medio de la cual se desarrollan el poder preferente y la súper vigilancia administrativa de la Procuraduría General de la Nación y se regula su trámite en procesos disciplinarios
  • Acto Legislativo 05 del 29 de noviembre de 2017. Por medio del cual se dictan disposiciones para asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del estado.
  • Protocolo de equipo inter institucional de la sociedad civil de reacción ante situaciones de emergencia.
  • Protocolo de análisis de riesgos para dirigentes, representantes o activistas de organizaciones campesinas.
  • Resolución No. 1190 del 3 de agosto de 2018. Por la cual se adopta el protocolo para la coordinación de las acciones de respeto y garantía a la protesta pacífica como un ejercicio legítimo de los derechos de reunión, manifestación pública y pacífica, libertad de asociación, libre circulación, a la libre expresión, libertad de conciencia, a la oposición y a la participación, inclusive de quienes no participen en la protesta pacífica.

 

Elementos para un Balance de implementación normativa:

  1. Se avanzó en espacios de articulación entre plataformas de DDHH (Proceso Nacional de Garantías y MOVICE), plataformas y procesos de organizaciones sociales y étnicas (CACEP), espacios institucionales (delegados civiles de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, Consejo nacional de participación ciudadana y Comisión Análoga Especial) y partidos políticos PDA (en los grupos de los Puntos 3 y 5) y la FARC.
  2. Este espacio de articulación permitió la discusión política con el gobierno en escenarios como el congreso de la Republica, diálogos con el ejecutivo y espacios de garantías (a nivel nacional y territorial).
  3. Hay desconocimiento por parte de los/as lideres/as sociales, defensores de Derechos Humanos y comunidades y pueblos en los territorios sobre la normativa. Lo que hace complejo la reivindicación de derechos.
  4. Hay desconocimiento por parte de servidores públicos a nivel territorial (Departamentos y Municipios) sobre la normativa. Lo que hace complejo el cumplimiento de los deberes constitucionales y legales de vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos; proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad; promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos; hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en caso de amenaza o violación a los Derechos Humanos y velar por su promoción y ejercicio; y defender los intereses de la sociedad. Y por lo tanto hay deficiencias para garantizar el goce efectivo de los derechos de los pueblos y comunidades en los territorios.
  5. Hay abundante normativa pero algunos de ellos no se han implementado ni a nivel nacional ni a nivel territorial.
  6. No se convocan las instancias de implementación. Caso Decreto 660 de 2018. Sección 6 Instancias de dirección y coordinación. Orientación del Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios. Corresponde a la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad. A. Comité Técnico de los componentes de medidas integrales de prevención, seguridad y protección, y del protocolo de protección para territorios rurales. B. Comité Técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia. C. Secretaria técnica. D. Instancia Territorial para implementación del Programa Integral de Seguridad y Protección en los territorios
  7. No se han nombrado los funcionarios que integran órganos creados en el marco de la implementación normativa del acuerdo de paz. Con lo cual es imposible su implementación material.
  8. A finales del gobierno de Juan Manuel Santos se decidió impulsar un plan piloto para la implementación del decreto 660 de 2018, inicialmente fueron 4 municipios priorizados y luego 10 municipios y el balance en términos de implementación real es deficiente.
  9. La evaluación y seguimiento es deficiente o NULA.

 

Escenarios de producción normativa:

  1. Congreso de la republica
  2. Incidencia en producción normativa por parte del ejecutivo en desarrollo de implementación normativa del Acuerdo de Paz.
  3. Espacios de garantías.

  • Gobierno del Presidente Iván Duque:

 

  1. Se mantiene la tendencia de incremento en la violencia sistemática en contra de líderes y lideresas sociales y defensores y defensoras de derechos humanos y comunidades y pueblos en los territorios.

 

  1. Estancamiento de diálogos con el ELN

 

  1. Suspensión de los espacios de garantías

 

  1. Continuación del espacio de discusión del Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos

 

  1. Impulso a la mesa por la vida. Directiva 002 de 2017 y Resolución No. 393 del 9 de julio de 2018.

 

Pacto por la vida y la protección de los líderes sociales y personas defensoras de Derechos Humanos.Apartado 23 de agosto de 2018. 1. El Gobierno iniciara de manera inmediata, a través del ministerio del interior, el diseño participativo de una política pública de prevención y protección integral, con enfoque diferencial, de equidad, étnico y territorial. En dicha labor se involucraran activamente las plataformas de derechos humanos, las organizaciones sociales, la fuerza pública y los entes territoriales, con el acompañamiento del ministerio público desde la mesa de protección a la vida y la comunidad internacional. (…) 2. Protección colectiva. 3. El gobierno nacional iniciara la reingeniería del programa de protección de la UNP que se modernizara y fortalecerá, (….) 9.

 

  1. Emisión del documento “La paz, la estabilización y consolidación son de todos. Política de Iván Duque, Presidente de la República, para la Estabilización. 2018-2022”

 

Elementos fundamentales:

Capítulo I – ¿Qué se ha hecho?

Temas institucionales y de planeación

  1. Debilidad y desarticulación Institucional
  2. Multiplicidad y desarticulación de instrumentos de planeación y gestión:
  3. Inconvenientes en Instancias de coordinación y seguimiento en el marco del Acuerdo Final de Paz

 

Desarrollo de los puntos del Acuerdo Final de Paz

Punto 1: Reforma Rural Integral

Punto 3: Fin del conflicto

Punto 4: Solución al problema de las drogas ilícitas

 

Financiamiento

  1. Presupuesto insuficiente:
  2. Dispersión de recursos de cooperación internacional
  3. Vehículo de implementación financiera – Fondo Colombia en Paz

Capítulo II – La paz, la estabilización y la consolidación es de todos. 2018-2021

 

  1. Ajustes de Política para la Estabilización

 

“4. Sistema integral de seguridad 

 

Como ya se dijo, desde la suscripción del acuerdo se han registrado 71 muertos de excombatientes de las Farc, y 184 de líderes sociales y defensores de derechos humanos. Los resultados muestran que se requieren ajustes, que no se puede dar el mismo tratamiento a las distintas clases de riesgo, que se requiere de la mayor integralidad de la política de seguridad y de la mejor articulación entre los responsables. 

 

Bajo esta óptica se diferencian dos ámbitos de seguridad y protección: uno que corresponde a los esquemas generales de protección el de los líderes y defensores de derechos humanos y la seguridad de los territorios; y el otro, el de los excombatientes en proceso de reincorporación a la vida civil. 

 

4.1 Política nacional y general de seguridad 

 

El riesgo propio de los líderes sociales y de defensores de derechos humanos, así como los riesgos de seguridad física de las familias comprometidas en los procesos de sustitución de cultivos presentan principalmente un enfoque territorial que exige esquemas de tratamiento apropiados a sus circunstancias y que se entrecruzan con los esquemas de seguridad y convivencia y de protección de derechos humanos que se gestionan desde el Ministerio del Interior, que el Gobierno Nacional considera que hacen parte de la política general de seguridad y en particular de la de protección de líderes sociales y políticos y defensores de los derechos humanos, independientemente de que se encuentren o no en situación de reincorporación o pertenezca o hayan pertenecido a la Farc. 

 

La gestión integral de la seguridad, debe evitar incoherencias, lograr mejor uso de los recursos y mayor oportunidad en la respuesta. Por eso el Gobierno considera que la política integral de seguridad en los territorios esté en cabeza del Ministerio del Interior, que además de los temas propios de su competencia integrará los referente a la seguridad en los territorios, incluidos los comprometidos en la sustitución de cultivos y la protección de líderes sociales, sin perjuicio de la integración con los sistemas de alerta temprana que surjan dentro del contexto implementación del Acuerdo Final, la integración y articulación con Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política y con las actividades del Plan Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito PNIS. 

 

En este sentido, la responsabilidad de la formulación de la política para la protección de líderes sociales, políticos y defensores de derecho humanos y de la protección de las familias comprometidas en procesos de sustitución de cultivos, se ha asignado al Ministerio del Interior, que en consecuencia debería asumir en el corto plazo, (1) las secretarías técnica de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y de la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política ; (2) la Coordinación de la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Desempeño del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política; (3) hacer seguimiento a las medidas de protección y seguridad que se adopten en el SISEP y a los Programas de Protección Integral; y, (4) de coordinar el sistema de Sistema de Planeación, Información y Monitoreo Interinstitucional. 

 

El Ministerio del Interior y la Alta Consejería para el Posconflicto preparan la propuesta que viabilice el esquema propuesto y permita el cumplimiento de las acciones pendientes para el desarrollo del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política ya reseñadas. 

 

4.2 Protección de los excombatientes 

 

El esquema de seguridad de los excombatientes en proceso de reincorporación a la vida civil se articula con los programas de reincorporación y el Gobierno considera que su definición, ejecución y seguimiento debe estar en la órbita de gestión de la Alta Consejería para el Posconflicto como responsable de la política de estabilización.

 

En este sentido, desde su designación como Delegado Presidencia en el SISEP , la Alta Consejería para el Posconflicto asumió la Presidencia de la Mesta Técnica de Seguridad y Protección , que tiene como “población objeto de protección, a las y los integrantes, del nuevo movimiento o partido político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, sus actividades y sedes, a las y los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil, así como a las familias de todos los anteriores de acuerdo con el nivel de riesgo”. 

 

El cumplimiento de las funciones de la Mesa Técnica requiere el estudio y aprobación del Plan Estratégico de Seguridad y Protección para el partido Farc, derivada de su situación de riesgo; adoptar un reglamento de funcionamiento que haga ágil, eficaz y eficiente la toma de decisiones de la Mesa Técnica y asegure la periodicidad y oportunidad de sus sesiones y consolidar su sustento presupuestal; actividades que, como Presidencia de la Mesa, asumirá la Alta Consejería en coordinación con la Unidad Nacional de Protección UNP, la Unidad Policial para la Edificación de la Paz UNIPEP y la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior. 

 

Del Acuerdo Final surge un esquema de seguridad ad-hoc para el posconflicto , bajo el concepto de Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política -SISEP- que articula funciones de desarrollo institucional, prevención, protección y seguimiento; estructurado sobre dos pilares principales: la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política , que dirigen y articulan las distintas instancias que integran el sistema , con una Secretaría Técnica a cargo del Delegado Presidencial, hoy en cabeza del Alto Consejero Presidencial para el Posconflicto .

 

El Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política tiene por objeto garantizar la seguridad y protección de los sujetos individuales y colectivos beneficiarios: “quienes hayan sido elegidos popularmente, quienes se declaren en oposición, líderes comunitarios, comunidades rurales, organizaciones sociales, de mujeres y/o defensoras de derechos humanos y sus miembros, líderes de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, movimientos sociales y el nuevo movimiento o partido político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, así como de sus integrantes en proceso de reincorporación a la vida civil”.

 

4.2.1 Para quienes necesitan atención especial 

 

El esquema de seguridad de los excombatientes en proceso de reincorporación a la vida civil se articula con los programas de reincorporación y el Gobierno considera que su definición, ejecución y seguimiento debe estar en la órbita de gestión de la Alta Consejería para el Posconflicto como responsable de la política de estabilización. 

 

En este sentido, desde su designación como Delegado Presidencia en el SISEP16, la Alta Consejería para el Posconflicto asumió la Presidencia de la Mesta Técnica de Seguridad y Protección17, que tiene como “población objeto de protección, a las y los integrantes, del nuevo movimiento o partido político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, sus actividades y sedes, a las y los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil, así como a las familias de todos los anteriores de acuerdo con el nivel de riesgo”.18 

 

El cumplimiento de las funciones de la Mesa Técnica requiere el estudio y aprobación del Plan Estratégico de Seguridad y Protección para el partido Farc, derivada de su situación de riesgo; revisar el reglamento de funcionamiento para que se haga ágil, eficaz y eficiente la toma de decisiones de la Mesa Técnica y se asegure la periodicidad y oportunidad de sus sesiones, actividades que, como Presidencia de la Mesa, asumirá la Alta Consejería en coordinación con la Unidad Nacional de Protección UNP, la Unidad Policial para la Edificación de la Paz UNIPEP y la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior”.

 

  1. Plan de Acción Oportuna – PAO.

 

El PAO consiste en una serie de acciones articuladas que  debe implementar el estado en los siguientes 6 meses,  con el propósito de dar respuesta oportuna a la protección de líderes sociales, comunitarios, indígenas, políticos, periodistas y en general a quienes están al frente de causas que defienden derechos humanos, ante a la situación de cualquier riesgo que se origine en el territorio colombiano. 

 

Este documento es el resultado de un proceso de diagnóstico y búsqueda de alternativas rápidas, derivadas de diversos espacios de discusión con las entidades involucradas en el sistema de protección de líderes”.

 

El plan consta de 4 ejes estratégicos:

 

Ejes:

  1. Reingeniería de las instancias del gobierno nacional y articulación con otras entidades. Mantiene los fundamentos de “La paz, la estabilización y consolidación son de todos. Política de Iván Duque, Presidente de la República, para la Estabilización. 2018-2022” al señalar que “responde a la existencia de múltiples espacios y normas, sin una adecuada articulación y/o herramienta que permitan hacer frente de forma efectiva al problema”.
  2. Actuación estratégica en el territorio
  3. Estrategia de comunicaciones y capacitación
  4. Formulación de política pública de prevención y protección integral. “Hace referencia a la necesidad de incorporar  los lineamientos  en una política integral para la protección de líderes sociales y defensores de derechos humanos, que sea socializada con las organizaciones sociales, plataformas de Derechos Humanos, organismos internacionales y demás interesados en el tema”.

 

En la formulación de política pública se señala “Se dará inicio a la formulación de la “política pública de prevención y  protección integral, con enfoque diferencial, de equidad, étnico y territorial”, en la que se involucrarán activamente las plataformas de derechos humanos, las organizaciones sociales, la Fuerza Pública y los entes territoriales, con el acompañamiento del Ministerio Público desde la Mesa de Protección a la Vida y de la comunidad internacional (tal como se acordó en Apartadó el 23 de Agosto de 2018, con la firma del Pacto por la vida y la protección de líderes sociales,  y de  la Mesa Nacional de Garantías”.

 

Con lo cual se excluye del proceso a espacios como: Proceso Nacional de Garantías, MOVICE, la Sub comisión de garantías y Derechos Humanos de la CACEP, espacios institucionales (delegados civiles de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, Consejo nacional de participación ciudadana y Comisión análoga especial), Mesa de participación de Victimas, La Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos (IEANPE) – delegados y delegadas de la Comisión Étnica para la Paz y la Defensa de los Derechos Territoriales y de la Coordinadora Étnica Nacional de Paz (CENPAZ), las plataformas de paz y los partidos políticos que conforman la bancada alternativa, entre otros.

 

Enmarca normativamente la Ley 387 de 1997, Ley 418 de 1997 (modificada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999,782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, Ley 1738 de 2014) Ley 975 de 2005, Ley 1448 de 2011 (y sus decretos reglamentarios 4912 y 4800 de 2011), los Decretos 2893 y 4912 de 2011; y los decretos leyes y decretos producto del Acuerdo de Paz sin hacer referencia al proceso de paz.

 

Es reiterativo al hacer referencia a “En la prórroga de la Ley 418 de 1997, se prevé que el Consejo de Seguridad Nacional pueda declarar las Zonas Estratégicas de Intervención (ZEI)”. No hay que olvidar que la Ley 418 de 1997 hace referencia a “Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones”. Lo cual es función de la Instancia de Alto Nivel del Sistema Integral de Seguridad (Decreto 895/2017) y el Comité Técnico de los componentes de medidas integrales de prevención, seguridad y protección, y del protocolo de protección para territorios rurales (Decreto 660/2018).

 

Pese a que se señala dentro de las acciones el “Incrementar acciones para la desarticulación de organizaciones criminales”, No existe ninguna referencia al Decreto 154 del 24 de febrero de 2017 por el cual “se crea la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad en el marco del Acuerdo Final, suscrito entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP el 24 de noviembre de 2016”.

 

Adicionalmente crea otro escenario inter institucional denominado “comisión del plan de acción oportuna”, en la que participan:

  • Presidente de la República, o su delegado(a)
  • Ministra(o) del Interior, o su delegado(a).
  • Ministro(a) de Defensa Nacional, o su delegado(a).
  • Ministra(o) de Justicia y del Derecho, o su delegado(a).
  • Comandante de Fuerzas Militares, o su delegado(a).
  • Director(a) General de la Policía Nacional, o su delegado(a).
  • Fiscal General de la Nación, o su delegado(a).
  • Procurador(a) General Nación, o su delegado(a).
  • Defensor(a) del Pueblo, o su delegado(a).
  • Director(a) Unidad Nacional de Protección, o su delegado(a)
  • Alto(a) Comisionado(a) para la paz
  • Consejero(a) presidencial para Derechos Humanos
  • Consejero(a) presidencial para Seguridad

 

Es decir los mismos integrantes de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad pero sin los expertos y delegados de las plataformas de Derechos Humanos.

 

Se desarrollara en zonas de priorizadas. Antioquia, Arauca, Caquetá, Cauca, Chocó, Córdoba, Nariño, Norte de Santander y Valle del Cauca.

 

Para tener en cuenta:

  1. Es una propuesta trabajada por el gobierno y en su diseño no se convocó a organizaciones, plataformas y a comunidad internacional pese a lo estipulado en el punto 1 del pacto por la vida y a que el mismo pacto reza que es “un ejercicio de construcción de confianza y ratificación de la prevalencia del dialogo social como mecanismo de fortalecimiento de la democracia, garantía de los derechos fundamentales y resolución pacífica de conflictos”. Se pretendía hacer el lanzamiento el 31 de octubre y ahora esta proyectado para realizarse el 13 de noviembre.
  2. El documento borrador recientemente se conoció. Se han hecho exposiciones en una presentación que tiene ministerio del interior.

 

Establece una reingeniería al interior de la UNP (Ver punto 3 del Pacto por la vida). En la cual la Unidad Nacional de Protección deberá revisar sus procesos internos, protocolos y herramientas.

 

Esta propuesta, nos parece riesgosa si se tiene en cuenta:

  • En la práctica hay un desconocimiento de lo construido. Y un bloqueo a la implementación material de la normativa que emergió del Acuerdo de Paz
  • Se afecta la implementación normativa del punto 2 y 3 del acuerdo final de paz y los acuerdos realizados entre el Estado Colombiano y los procesos de Garantías. Con lo cual se hace evidente que existe un retroceso y un desmonte de derechos y garantías en el que la Paz y los derechos humanos para el gobierno de Iván Duque son intrascendentes.
  • Que el gobierno ya ha avanzado en una propuesta de manera unilateral. Nos vemos avocados a un contexto en donde la democracia se destruye democráticamente. En este proceso no se conto con plataformas, organizaciones sociales, delegados civiles ante la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, la comunidad internacional ni la FARC.
  • Existe una superposición y/o reemplazo de espacios de garantías en donde se prioriza una comisión del plan de acción oportuna, el Consejo de Seguridad Nacional y la Mesa por La Vida, sobre espacios históricos y los espacios creados a partir del Acuerdo Final de Paz. En pleno ejercicio del Estado Corporativo en el cual está enmarcado el gobierno de Ivan Duque.
  • Estamos ad portas de la eliminación de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad
  • Un nuevo plan piloto a 6 meses del cual emergerá la política pública en la práctica conlleva a la no implementación de la normativa existente en materia de construcción de paz y garantía de Derechos Humanos.
  • En esencia nos están llevando a negociar nuevamente sobre lo ya negociado.

  • Elementos para una posible ruta: 

 

  1. Debemos iniciar por que se realice una apertura para el diálogo y negociación.
  2. Realizar un acuerdo político por la vida y los derechos humanos. Que ratifique el compromiso con la implementación normativa del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera y el impulso a los diálogos de Paz con el ELN.
  3. Mantener los espacios de articulación entre plataformas de DDHH (Proceso Nacional de Garantías y MOVICE), plataformas y procesos de organizaciones sociales y étnicas (CACEP), espacios institucionales (delegados civiles de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, Consejo nacional de participación ciudadana y Comisión análoga especial) y partidos políticos PDA (en los grupos de los Puntos 3 y 5) y FARC.
  4. Ampliar el escenario de articulación a espacios como la mesa de participación de Victimas, La Instancia Especial de Alto Nivel con Pueblos Étnicos (IEANPE) – delegados y delegadas de la Comisión Étnica para la Paz y la Defensa de los Derechos Territoriales y de la Coordinadora Étnica Nacional de Paz (CENPAZ), las plataformas de paz y los partidos políticos que conforman la bancada alternativa.
  5. Fortalecer la generación de propuesta y discusión política con el gobierno en escenarios como el congreso de la Republica, diálogos con el ejecutivo y espacios de garantías (a nivel nacional y territorial).
  6. Avanzar en procesos de pedagogía sobre la normativa en aspectos de garantías dirigidos a los/as lideres/as sociales, defensores/as de Derechos Humanos y comunidades y pueblos en los territorios.
  7. Exigir que se avance en procesos de pedagogía dirigidos a servidores públicos a nivel territorial (Departamentos y Municipios) sobre la normativa.
  8. Exigir que se realice una efectiva implementación a nivel nacional y territorial de la normativa en materia de Garantías y que se convoquen a las instancias que han sido creadas normativamente.
  9. Solicitar un informe sobre el estado de implementación efectiva de los planes pilotos en el marco del decreto 660 de 2018.
  10. Participar en el diseño y concertación del Plan de Acción Oportuna – PAO y el proceso de reingeniería del programa de protección de la UNP. Para lo cual se podría acordar una metodología similar a la que se utilizó para el decreto 660 de 2018 y el Protocolo de Protesta. Ampliando la participación de actores.
  11. Exigir que se mantengan los espacios de garantías: Proceso nacional y territorial de Garantías y Sub Comisión de Garantías y Derechos Humanos de la CACEP, entre otros.
  12. Participar activamente en la Mesa Temática de Justicia y Derechos Humanos.
  13. Generar un proceso de retroalimentación de los escenarios de producción normativa (Congreso de la república, incidencia en producción normativa por parte del ejecutivo y espacios de garantías).